Responsabilidad Empresarial y Patronal

Dada la responsabilidad que un patrono tiene ante sus empleados es importante resaltar dos seguros que lo protegerán a usted y su empresa ante posibles riesgos de sus trabajadores, o demandas imputadas a la empresa.

Seguro “RESPONSABILIDAD PATRONAL”: regida por el artículo 43 de la Ley Orgánica del Trabajo, cubre accidentes laborales y/o enfermedades laborales que el Patrono deba efectuar al trabajador, corroborados por las autoridades competentes.

Seguro “RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL”: regida por el artículo 130 de la LOPCYMAT, cubre al patrono ante demandas de los empleados, cuando el patrono sea responsable y este obligado a pagar, como consecuencia del incumplimiento  de la normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo.

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(NOTA: Recomendamos  leer cuidadosamente el condicionado, para conocer en detalle las condiciones de la póliza)